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Mediante el Decreto 332/2022, quedó establecido «un régimen de segmentación de subsidios a usuarios residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, con el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva», según reza el escrito.

Este edicto, determinó las características de los niveles de usuarios a los efectos de definir las características de la segmentación. Las categorías son tres y determinan el grado de aumento o la exención del mismo.

Niveles:

Nivel 1

El nivel 1 está integrado por los usuarios de mayores ingresos «que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía del respectivo servicio», con ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT), que a valores de mayo representan $ 348.868,97.

Otras de las condiciones para revestir en este grupo son la de ser titular de 3 o más automóviles con antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo o «ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena».

Nivel 2

El nivel 2, de menores ingresos, toma como referencia ingresos netos menores a 1 CBT ($99.676,85), contar con certificado de vivienda del Renabap, vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario, que un integrante del grupo familiar posea una pensión vitalicia de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o posea un certificado de discapacidad.

En este caso, el aumento en todo 2022 no será superior al 40% de la variación salarial del año pasado (53,4%), que resulta equivalente al 21,36%.

Nivel 3

El nivel 3 está integrado por clientes de ingresos medios o del nivel 2 si los propietarios en su conjunto cuentan con dos o más inmuebles o un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto si un conviviente cuenta con un certificado de discapacidad.

Para este nivel, el incremento será del 80% de la variación salarial de 2021, equivalente al 42,72%.

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