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Esta medida que alcanza el 56% de las empresas estará disponible para aquellas cuyas actividades estén incluidas en el Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción.

Las Empresas que cumplan con el requisito deberán inscribirse entre el 09 y el 15 de Abril en a través del servicio web habilitado por la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Los pagos postergados deberán realizarse en junio de acuerdo al siguiente cronograma dispuesto por el organismo en la Resolución General 4693:
Cuit terminados en 0, 1, 2 y 3………………….16/06/2020
Cuit terminados en 4, 5 y 6……………………..17/06/2020
Cuit terminados en 7, 8 y 9……………………..20/06/2020

Estas medidas tienen como objetivo amortiguar el impacto económico del aislamiento social, preventivo y obligatorio.-

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