La resolución N° 135/20 de la Provincia de Buenos Aires, publicada en el día de la fecha, autoriza al Municipio de Pergamino, el inicio del desarrollo de ciertas actividades y servicios enumerados en su anexo.
Las actividades que quedan habilitadas son:
– Actividades de profesión liberal: profesionales en ciencias económicas, abogados, escribanos, diseñadores, administradores de empresas, agrimensores, arquitectos, martilleros, ingenieros y todas las restantes profesiones con excepción de lasrelacionadas con la medicina y auxiliares.
– Actividades Comerciales minoristas: bijouterie, venta de zapatos, zapatillas, ropas e indumentaria en general (de vestir y deportiva), lana, mercerías, blanquerías, artículos deportivos, electrodomésticos y artículos para el hogar, polirubros, relojerías, disquerías, compostura y arreglos de zapatos y armes, lencería, computación y afines, mueblerías, decoración, vidrierías, bazares y todo aquel comercio minorista que ofrezca productos a la venta individuales o en pequeñas cantidades al público en general en un espacio físico reducido.
– Salones de peinados, peluquerías y barberías.
Cabe destacar que las habilitaciones quedarán sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios y de funcionamiento, y a los procedimientos de fiscalización que el Municipio haya establecido para el desarrollo de las actividades autorizadas. En este sentido, el horario de atención será de 8 a 17hs y será obligatorio el respeto del distanciamiento social y el uso de tapa boca o barbijo.-
Aquí la resolución 135-2020 completa:
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